martes, 9 de noviembre de 2010

clases de responsabilidad

Responsabilidad Penal.- Está establecida en el Código Penal y Código Penal Militar (en lo que se refiere a derecho codificado) principalmente, y además en otras normas (en lo que se refiere a derecho no codificado). La responsabilidad penal puede ser de dos tipos faltas y delitos y se encuentran consagradas en el Cód
Responsabilidad Civil.- Es una responsabilidad de tipo pecuniaria. Se materializa a través de reparaciones de carácter pecuniario.
Responsabilidad Administrativa.- Se encuentra establecida principalmente en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y otras normas como la Ley del Procedimiento Administrativo Genera
 Responsabilidad Política.- La responsabilidad política es la que recae en contra de los altos funcionarios, los que son procesados por parte del Congreso de la República
igo Penal

No hay comentarios:

Publicar un comentario